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ACOPLÁSTICOS se pronuncia frente al fallo de la Corte Constitucional sobre el impuesto nacional a los plásticos de un solo uso

  • Acoplásticos, gremio que representa a las industrias de plásticos, petroquímica, química básica, pinturas, caucho, tintas y fibras, expresa sus preocupaciones ante el impacto de la decisión de la Corte Constitucional en la aplicación del impuesto a los productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.
  • Según el gremio, la decisión de la Corte afecta negativamente a la industria, que estuvo durante casi un año padeciendo la inseguridad jurídica causada por la falta de claridad de la Ley. Con la decisión de la Corte, se genera además una desventaja de la industria nacional frente a los productos importados y también en las exportaciones frente a competidores internacionales.
  • El impuesto al plástico tiene consecuencias importantes en el bolsillo de los colombianos que, a raíz de este, han visto un aumento en los precios de productos envasados, empacados o embalados en plástico.

El 13 de diciembre de 2022 fue promulgada la Ley 2277 que creó, en los artículos 50-53, el impuesto nacional sobre los productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. Este se planteó como un impuesto ambiental, con el propósito de incentivar soluciones sostenibles para los plásticos.
Desde la entrada en vigencia del impuesto, se ha generado una gran confusión sobre el sujeto pasivo y responsable del mismo, ya sea el fabricante o importador del producto plástico o el fabricante o importador del bien contenido en el mismo, desconociéndose los principios de legalidad y certeza tributaria. Hoy, la Corte Constitucional se pronunció en la materia, declarándolo exequible y precisando que el sujeto pasivo y responsable del impuesto es el fabricante e importador del envase, empaque o embalaje plástico de un solo uso.
Frente a esta decisión, Acoplásticos, la asociación que representa a estas industrias en Colombia, expresa su preocupación.
Según Daniel Mitchell, presidente del gremio “tenemos tres grandes problemas. Primero, la decisión o aclaración llega 11 meses después de que entró en vigencia el impuesto, con lo cual el impacto de la confusión de estos 11 meses va a ser muy complejo de asumir para las empresas; segundo, con esta decisión, un producto importado que esté empacado o envasado en plástico no paga el impuesto, pero el mismo producto fabricado en Colombia sí; y tercero, las exportaciones podrían pagar el impuesto, lo cual haría inviable su
competitividad en los mercados internacionales donde se enfrentan con bienes que no cargan con este tributo.”
La inseguridad jurídica generada en los últimos 11 meses, en los que no existió claridad sobre quién y cómo se debía cobrar el impuesto, tuvo como consecuencia que, en los primeros meses de la vigencia del mismo, algunas empresas usuarias de estos bienes cobraron el impuesto, posteriormente, frente los conceptos de la DIAN, pasaron a cobrarlo las empresas fabricantes de envases, empaques y embalajes plásticos. El Consejo de Estado suspendió los conceptos de la DIAN, con lo cual, nuevamente los usuarios de empaques y envases fueron los sujetos pasivos. Y ahora, con la definición de la Corte, esa responsabilidad pasa nuevamente a los fabricantes de los productos plásticos.
Así las cosas, y ante esta incertidumbre, las empresas que hoy indica la Corte que son sujetos pasivos y responsables del impuesto no cobraron el mismo por varios meses, actuando de buena fe, y acogiéndose a lo establecido en la ley y en la orden del Consejo de Estado.
En consecuencia, la mayoría de las empresas no cuentan con la respectiva provisión para su pago, el cual está previsto para el próximo año. Es decir, existe un riesgo grande de que, cuando llegue la fecha de pago, las empresas no tengan la provisión necesaria y esto se traduzca en quiebra de negocios y despidos en la industria.
A esta difícil situación se suma que, a la fecha, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible no ha reglamentado la certificación de economía circular, con la cual no se causa el impuesto, que, según la ley, ha debido ser expedida a más tardar el 14 de junio de este año.
Según Mitchell, “lo más urgente en este momento es que el Ministerio de Hacienda aplace el pago del impuesto y procure corregir las desventajas que este representa contra la industria nacional en las exportaciones e importaciones, y que el Ministerio de Ambiente reglamente y aplique la Certificación de Economía Circular”.
De acuerdo con Acoplásticos el valor de este impuesto equivale a cerca del 20% del precio final del producto plástico, lo cual es alto e impactará fuertemente el bolsillo de los colombianos. Además, dada la magnitud de la tarifa del impuesto, la consecuencia de toda esta situación sobre la inflación y sobre las empresas y el empleo de la industria puede ser alta.